La industria del juicio laboral complica a empresarios
Crecen las quejas por las tasas activas que cobra la Justicia para ajustar sentencias
La queja central de los empresarios se centra en los montos que deben pagar quienes han perdido un juicio laboral, es una tasa mucho más alta que las que paga el mercado por un depósito a plazo fijo a 360 días en un banco de primera línea, que no pasa del 12 o 13%, que es cercana a la inflación que reconoce el INDEC.
Pero lo que empeora aún más la situación es la gran diferencia de tasas que cobran los distintos juzgados: mientras el de CABA cobra tasas activas (que es la tasa que cobra el banco sobre los préstamos que otorga, y se define en función del tipo de préstamo, la garantía, la moneda, el plazo, y la que se le impone al empleador que debe pagar el juicio), en provincia de Buenos Aires se cobran tasas pasivas (las que el banco o institución financiera pagan a quienes realizan los depósitos).
En rigor, cada juzgado decide las tasas que va cobrar, y ello es así en virtud de que su fijación entra en las llamadas «facultades no delegadas», lo que permite que cada corte provincial establece la suya. Cabe recordar que la tasa de interés que impone la ley no es lo mismo que la tasa de justicia, que es un impuesto por litigar. La tasa de interés que disponen los jueces en sus sentencias tiene como fin el de actualizar las cifras de condena.
La diferencia está a la vista: mientras la tasa activa efectiva mensual (TEM) del Banco Nación (que se usa en Capital) es de 1,55% mensual, sumando así una tasa nominal anual (TNA) de 18,6% al año (registra ese valor desde octubre de 2003), la de la provincia de Buenos Aires es de 7,40% anual, o 0,61% mensual, que es la tasa pasiva del Banco Provincia. Un ejemplo de la diferencia en el monto a pagar y en el impacto que la industria del juicio laboral causa en las empresas es el monto que deben afrontar las empresas en caso de despido. Las sentencias, por lo general, establecen montos de carácter histórico en los casos de despido, y es usual que el monto de la condena esté a la fecha del despido (por ejemplo, cuando se condenó a la firma X a pagar al trabajador Y la suma de $100.000 a valores de la fecha de despido, esto es 4/8/2008). Así, en el ejemplo anterior, a la suma de $100.000, la Justicia de Capital ordena que se ajuste sumando el 1,55% mensual hasta llegar hasta la fecha de hoy (28/3/12), y sobre esa suma actualizada se calculan los honorarios, tasas de justicia, etcétera. De esta manera, el spread bancario (diferencias entre tasa activa y pasiva) determinará el lugar físico donde se presentará la mayor cantidad de demandas, ya que en la provincia de Buenos Aires, donde usan la tasa pasiva del Banco Provincia, los montos actualizados de sentencia son mucho menores, menos ventajosos para el trabajador que litigó.
Eso ha hecho que, en los últimos años (cuando la diferencia entre la aplicación de una tasa y otra se hizo más evidente), el litigante laboral trate siempre de no litigar en la provincia de Buenos Aires (que aparte de la tasa desventajosa, tiene muchísimo atraso en el trámite de las causas) y, en cambio, fije la competencia en el ámbito de la Capital, dado que sabe que así, si la sentencia le sale favorable, cobrará mucho más.
Esa situación, conocida por abogados, fiscales y jueces, genera que los juzgados de Capital tengan un mayor número de causas de las que le corresponderían naturalmente, dado que basta la simple invocación de que el contrato de celebró en la Ciudad de Buenos Aires (sin tener que probarlo) para que el juicio quede radicado en la Capital Federal. En tanto, los juzgados de la provincia de Buenos Aires poco pueden hacer por el colapso general que viven los tribunales bonaerenses.
La justicia laboral demora en promedio cerca de tres años para resolver las causas
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UN FUERO QUE TRAMITA CERCA DE 90.000 CAUSAS
– Ingresan en la justicia laboral más 60 expedientes ordinarios por mes, sumado a las ejecuciones fiscales y expedientes del Ministerio de Trabajo.
– Se resuelven alrededor de 45 causas por mes: 20 son sentencias y 25 son procesos conciliados.
– El total de expedientes por juzgado en trámite llega a 900 por año. En los ochenta juzgados hay en trámite alrededor de 90.000 causas.
– De esos 900 expedientes que tramitan en un juzgado, más de la mitad tienen menos de un año (480 causas, 53%), casi el 30% tiene más de un año (260 causas, 29%), poco más del 10% tiene más de dos años (100 causas, 11%) y menos del 10% tiene más de tres años (60 causas, 7%).
– Un juicio laboral con sentencia definitiva de cámara puede demorar un promedio de tres años en resolverse.
– La mayoría de los juicios es por accidentes de trabajo.
(Actividad Económica – Panorama Económico)
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