Programa de Crédito Fiscal para Capacitación
Es un instrumento que permite a Pymes obtener reintegros por sobre la inversión que realicen en la capacitación de sus recursos humanos, ya sea en actividades abiertas (instituciones públicas o privadas) o cerradas (cursos a medida de la empresa).
Marco legal
La Ley 22.317 aprueba el Régimen de Crédito Fiscal.
Se instrumenta mediante la emisión de certificados de Crédito Fiscal.
Los mismos, solo podrán utilizarse para cancelar obligaciones fiscales nacionales emergentes del Impuesto a las Ganancias, Ganancia Mínima Presunta, IVA e Impuestos Internos.
Los certificados son transferibles por endoso.
VIGENCIA DEL LLAMADO PARA LA PRESENTACION DE PROYECTOS
Ventanilla abierta hasta las DIECIOCHO HORAS (18 hs.) del día 31 de mayo de 2012, o hasta la utilización total del cupo presupuestario asignado si esto fuere anterior.
CUPO Y DISTRIBUCION POR PROVINCIA
• Cupo país, PESOS CUARENTA MILLONES ($ 40.000.000).
• Cupo CORDOBA CUATRO MILLONES ($4.000.000).
MODALIDADES
EMPRESA/S SOLICITANTE/S EMPRESA/S BENEFICIARIA/S
Modalidad 1 Grandes Empresas o PYME/S Cedentes Otras MIPYME/S con al menos UN (1) empleado en relación de dependencia. Modalidad 2 MIPYME/S Las Misma/s MIPYME/S
RESUMEN
–La Pymes capacitan a sus empleados y obtienen una exención fiscal de entre el 70% y el 95% de los gastos incurridos ( según criterios de priorización)
–El reintegro es a través de Crédito fiscal
–Pueden Financiarse proyectos por el equivalente a:
8% (PyMEs)
8‰ (Grandes empresas)
Sobre el total de la Masa Salarial BRUTA de los últimos 12 Meses anteriores a la fecha de
presentación del proyecto. (sueldos, salarios y remuneraciones).
ACTIVIDADES DE CAPACITACION
• Pueden ser: cursos o talleres teórico-prácticos, presenciales o a distancia. A su vez, las
actividades podrán ser abiertas o cerradas tal que:
a) ACTIVIDADES ABIERTAS:
• Están orientadas al público en general, no son financiadas exclusivamente por la/s Empresas Solicitante/s y son ejecutadas, exclusivamente por Universidades Públicas o Privadas o por Instituciones de Capacitación que tengan una trayectoria reconocida.
• No hay requisitos de cantidad mínima de participantes.
• Son de carácter presencial y/o a distancia. (distancia sólo Universidades).
b) ACTIVIDADES CERRADAS:
• Son diseñadas específicamente para la/s Empresas Solicitante/s y con financiamiento exclusivo de la/s misma/s. (CAPACITACION A MEDIDA)
• Cantidad mínima de participantes TRES (3) personas. Se deberá completar la nómina de participantes titulares y suplentes, para el caso en que, los primeros no puedan concurrir.
SUJETOS QUE PARTICIPAN EN LOS PROYECTOS
• a) EMPRESA/S SOLICITANTE/S CEDENTE/S: que tributen impuestos nacionales, quien deberá ceder el cupo solicitado a la capacitación del personal de la/s Empresa/s Beneficiaria/s de Modalidad 1.
• b) EMPRESA/S BENEFICIARIA/S DE MODALIDAD 1: empresas que tomen la capacitación, y posean empleados que categorizen como MiPyMes s/ clasificación 24/01 de la SEPYME.
• c) EMPRESA/S SOLICITANTE/S BENEFICIARIA/S DE MODALIDAD 2: personas físicas o jurídicas que tributen impuestos nacionales, y soliciten un cupo para destinarlo a la capacitación de su propio personal, Deben ser MiPyMes s/ clasificación 24/01 de la SEPYME.
• d) UNIDADES CAPACITADORAS: son las responsables de realizar las actividades de capacitación, deben demostrar antecedentes relevantes y experiencia comprobable en la actividad y en la temática a capacitar
• e) PERSONAL BENEFICIARIO: empleados en relación de dependencia y/o titulares de la/s Empresa/s Solicitante/s Beneficiaria/s que reciben la capacitación
¿Cuál es el Procedimiento para presentación de un proyecto?
Procedimiento para presentar un Proyecto
1. Presentación del proyecto: Las empresas realizan una solicitud completando el Formulario de Proyecto (www.sepyme.gob.ar). SEPYME responde por la viabilidad.
Compromiso de respuesta: 96 hs.
2. Evaluación del proyecto: Sólo si resulta pre-aprobado el proyecto, la empresa deberá presentar documentación (dentro de los 15 días).
Puede comenzar las Actividades Abiertas (a riesgo de la empresa).
3. Aprobación del proyecto: Aprobación definitiva. Respuesta 10 días.
Puede comenzar las Actividades Cerradas.
4. Ejecución. Los proyectos podrán incluir Actividades Abiertas y Cerradas con fecha de inicio antes del 30/06/2012, pudiendo ejecutarse las abiertas hasta el 31/12/2012 y las Cerradas no pueden extenderse por más de 4 meses desde su aprobación.
5. Rendición de cuentas: UNA (1) rendición de cuentas por proyecto concluido vs. comprobantes.
6. Reintegro. Compromiso de resolución: 60 días.
RESUMEN
MODALIDAD 1
Cantidad de Proyectos: Máximo de CINCO (5) Proyectos de Capacitación por cada Empresa Solicitante Cedente.
Cantidad de actividades: Máximo de DIEZ (10) actividades en cada Proyecto de Capacitación.
Empresas Beneficiarias: Máximo de VEINTE (20) empresas en cada Proyecto de
Capacitación y pueden contemplarse hasta DIEZ (10) empresas suplentes.
Monto a Ceder: Máximo de PESOS CUARENTA MIL ($ 40.000) por Empresa Beneficiaria.
Monto a recibir por Empresa Beneficiaria: Máximo de PESOS CUARENTA MIL ($ 40.000) para el presente llamado.
Gastos de certificación: Máximo de PESOS UN MIL ($ 1.000) para la Empresa Solicitante Cedente para toda la convocatoria.
MODALIDAD 2
Cantidad de Proyectos: Máximo de DOS (2) Proyectos de Capacitación por Empresa Solicitante.
Cantidad de actividades: Máximo de DIEZ (10) actividades en cada Proyecto de Capacitación.
Actividades Cerradas: Máximo de hasta PESOS CUARENTA MIL ($ 40.000) para el presente llamado.
Actividades Abiertas: Máximo de hasta PESOS CUARENTA MIL ($ 40.000) por actividad y por participante. Se permite más de una Actividad Abierta por participante.
Gastos de Certificación: Máximo de PESOS UN MIL ($ 1.000) para la Empresa Solicitante
Beneficiaria para toda la convocatoria.
Antigüedad de Personal Beneficiario: Actividad Abierta mayor a PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) requiere acreditar antigüedad mayor a SEIS (6) meses.
Topes Máximos para las “UCAP” que participen en Actividades Cerradas:
• Universidades e instituciones reconocidas: hasta la suma de PESOS DOS MILLONES CIENTO SESENTA MIL ($ 2.160.000).
• Empresas de capacitación y consultoría: hasta la suma de PESOS TRESCIENTOS SESENTA MIL ($ 360.000). • “UCAP” personas físicas o sociedades de hecho: hasta la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000) Todos los valores son netos del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Secretaría Pyme de la Nación
http://www.sepyme.gob.ar/programas/creditofiscal/
cfiscal@industria.gob.ar
0800.333.7963
Secretaría Pyme de la Provincia de Córdoba
secretariapymeydesarrolloemprendedor@cba.gov.ar
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