Salario Mínimo Vital y Móvil. Resolución N° 03/2011.

Modificación de la Resolución N° 02/2011 del Consejo Nacional de Empleo, Productividad y Salario Mínimo Vital y Móvil (CNEPSMVM). B.O.19/09/11.
 
El día 19 de septiembre ha sido publicada en el Boletín Oficial la norma de la referencia por medio de la cual se modificó el mes de entrada en vigencia del nuevo valor del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVyM).

El 30 de agosto fue publicada la Resolución N° 02/2011, la que estableció para todos los trabajadores comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo (LC1), de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y organismos en que el Estado Nacional actúe como empleador, un SMV y M -excluidas las asignaciones familiares-cuyo valor es de $2.300 (pesos dos mil trescientos) para los trabajadores mensualizados que cumplen jornada legal completa de trabajo y de $11,50 (pesos once con cincuenta centavos) la hora para los trabajadores jornalizados.

En tal oportunidad informamos que tales valores eran aplicables a partir del 10 de septiembre del corriente año, en un todo de acuerdo con la norma que establece su vigencia – artículo 142 de la Ley N° 24.013- en cuanto dice que “el SMVyM tendrá vigencia y será de aplicación obligatoria a partir del primer día del mes siguiente al de su publicación”, ya que no existía en el texto de la Resolución N° 02/2011 fecha diferente de vigencia.

Sin perjuicio de ello, y teniendo en cuenta lo que también indica el artículo más arriba mencionado- «Excepcionalmente se podrá disponer que la modificación entre en vigencia y surta efecto a partir del día siguiente al de su publicación» – la Resolución publicada y comentada, modifica la Resolución N° 02/2011 en cuanto al mes de entrada en vigencia de los valores del SMVyM, indicando que será agosto de 2011.

En resumen, el valor del SMVyM es de $ 2.300 (pesos dos mil trescientos) para los trabajadores mensualizados que cumplen jornada legal completa de trabajo y de $11,50 (pesos once con cincuenta centavos) la hora para los trabajadores jornalizados, a partir del mes de agosto de 2011.

Fuente: Estudio “de Diego & Asociados”

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