POLITICA SOCIAL

Aclaración – Resolución AFIP Nº 3279/12

Considerando que el Acuerdo Salarial suscripto por el sector Empresario Metalúrgico con la UOMRA el día 19 de mayo de 2011,

en cuya cláusula  Segunda se dispuso el otorgamiento de una Gratificación Extraordinaria por única vez de $ 900 “en  3 pagos de $ 300 cada uno, junto con los haberes de los meses de enero, febrero y marzo de 2012”, el pago que corresponde a los haberes de marzo si se abonan en el mes de ABRIL, se deberá suministrar la información a la AFIP a través del micrositio “DECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA DE CONCEPTOS NO REMUNERATIVOS” (DJNR),  con anterioridad al momento del pago (ver Art. 2º RG AFIP 3279/12).

Ante cualquier duda comunicarse al mail mverdejo@adimra.org.ar

Texto completo de la Resolución:

http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/190000-194999/194433/norma.htm

Se encuentra asimismo disponible para descarga el informe Labornet incluido en el Newsletter ADIMRA del 1º/03/12 donde se informaba sobre esta normativa.

Descargar archivo

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *