Exportaciones: bloquean reintegros a incumplidores

Argentina – 15/03/2012 – Tiempo Argentino – Pág. 17 – Tiempo de Lectura: 1′ 45»
 
El Estado penalizará a los operadores que incumplen con el ingreso de divisas en tiempo y forma. Se publicó la lista de «bloqueados».
Por:
Tiempo Argentino

Un «bloqueo operativo» de la AFIP impedirá que los exportadores que hayan incumplido con el ingreso de divisas al mercado cambiario local en los plazos legales perciban reintegros de exportación. La iniciativa proviene de la Dirección General de Aduanas (DGA), que integra el órgano recaudador oficial.
Las instrucciones 2/2012 y 7/2012, giradas el 7 de marzo a los operadores de comercio exterior, disponen, por un lado, la aplicación de multas de $ 500 a $ 10 mil por falta de ingreso de divisas y, por otra parte, la suspensión de todos los reintegros pendientes, además de la publicación de los nombres de los exportadores en falta, que se cumplió ayer en el sitio web del ente público.
El procedimiento normal se inicia cuando el operador registra ante la Aduana una destinación de exportación y elige un banco que seguirá el ingreso de divisas. Luego, la AFIP debe informar a ese banco sobre los permisos de embarque que debe seguir.
Si el exportador no cumple con su responsabilidad, el banco de seguimiento debe dar parte al BCRA para que lo comunique a la AFIP, que procederá al bloqueo de los reintegros.
La medida llegó luego de que la AFIP detectó 99.295 destinaciones de exportación de 7484 operadores en calidad de «incumplidos reportados» o «vencidos sin cumplidos reportados», a instancia de los bancos de seguimiento de esas operaciones y del Banco Central.
A partir de ahora, cuando el banco de seguimiento detecte una anormalidad, se abrirá un sumario de aduanero al exportador responsable «en caso de que las divisas no se hayan ingresado aún y ya se encuentren vencidos los plazos dispuestos» y «cuando el operador hubiere ingresado las divisas, aunque en forma tardía», según las instrucciones suministradas por la Aduana.
La suspensión del trámite de los reintegros quedó establecida en la disposición 7/2012, que establece el bloqueo de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del exportador señalado en «incumplimiento».
La noticia alborotó a los exportadores, que rápidamente buscaron soluciones e incluso consideraron posibles «apelaciones administrativas y/o judiciales», según dijeron ayer.<

(Información General – Actividad Económica – Panorama Económico)

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