Cuanto más ganan las mineras, menos tributan
Dos papers sectoriales señalan el carácter regresivo de los derechos de exportación: PABLO WAISBERG
Las mineras tienen un régimen impositivo caracterizado por la aplicación de impuestos regresivos, que «castigan a los proyectos de menor rentabilidad con una carga tributaria más alta». Eso permite que los márgenes de ganancia sean mayores para los principales proyectos extractivos del país, que en todos los casos son operados por multinacionales que integran la cúpula de las 500 grandes empresas asentadas en la Argentina. Esos márgenes se amplían con la suba creciente de los precios internacionales de los metales, que en los últimos catorce años marcaron incrementos superiores al 400% para el cobre y el oro. Así lo detallan dos análisis económicos elaborados a pedido de las compañías del sector.
«La existencia de los derechos de exportación sobre el valor FOB (valor en su lugar de origen y puesto en el barco) y no sobre la utilidad antes de impuestos, determina una importante regresividad en la estructura tributaria argentina que desalienta el desarrollo de proyectos de baja rentabilidad», señaló un trabajo elaborado por el geólogo y contador Daniel Jerez y el ingeniero Hugo Nielson para el Organismo Latinoamericano de Minería (Olami).
El «Análisis de la situación actual y aspectos a considerar en la discusión de las cuestiones tributarias de la minería en la Argentina», que fue presentado ante gerentes y directores de las compañías que integran la Cámara Argentina de Empresarios Mineros (CAEM) a principio de mayo, marcó la preocupación por la aplicación de derechos de exportación. Se trata de un impuesto que puede ser del 5% o el 10%, según se aplique sobre los productos considerados «finales» -metal doré, el concentrado de metales sin retinar- o sobre productos considerados «intermedios», como ocurre con los concentrados de cobre y plata, respectivamente.
Ese impuesto representa, según el análisis de la Olami al que accedió BAE, una «de las herramienta de mayor importancia en la recaudación». Es que el privilegiado régimen impositivo minero, que no se replica en ningún otro sector de la economía, otorga una estabilidad fiscal por 30 años y un tope del 3% para las regalías según el valor de boca de mina -el más bajo de la cadena-. Según un detalle elaborado por el Ministerio de Economía sobre el complejo minero, que se realizó sobre la base del entramado legal sectorial, la actividad tiene exención del arancel de importación de bienes de capital e insumos, doble deducción de gastos de prospección, exploración, planta piloto e investigación, y devolución del IVA a la exploración.
Además, tiene amortización acelerada de las inversiones, exención del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, cheques, activos y combustibles líquidos especiales. También poseen deducción por gastos de conservación del medio ambiente hasta 5% del monto de gastos de extracción y procesamiento, devolución anticipada y financiamiento del IVA en importación o compra de bienes e inversiones de infraestructura y reembolsos a exportaciones por puertos patagónicos.
SIN TESTIGO. A pesar de ser crítico del esquema tributario minero, el investigador del Centro Cultural de la Cooperación, Nicolás Gutman, consideró que la posibilidad de modificar la aplicación de los derechos de exportación que piden las mineras «es muy difícil de lograr» porque que tributar sobre el margen operativo implicaría «hacerlo sobre caso por caso para saber los márgenes». Y subrayó: «Eso requiere mucho conocimiento de la estructura de costos y operación de cada proyecto y de la minería en general, y aquí no existe una empresa testigo como sería Codelco, en Chile».
«Por eso se hace por exportación, lo que hace que las mineras mas rentables por tamaño, calidad y tamaño del yacimiento, principalmente, y tecnología utilizada, favorezca más a los jugadores más grandes por sobre los que operan minas menos rentables, con más baja ley [poca cantidad de mineral por tonelada de roca] o con menos tecnología», agregó.
BENEFICIARIOS. En línea con lo que se analizó en el trabajo de la OLAMI, el estudio realizado por la consultora Abeceb a pedido de CAEM, sostuvo que «el esquema vigente en la Argentina es regresivo». Y precisó: «Es decir, a medida que se contraen los márgenes, la carga se incrementa».
«En consecuencia, el régimen tributario de la Argentina sólo es competitivo en un contexto de precios extraordinarios», afirmó la consultora de negocios, pero allí no explicó por qué, si el sector extractivo metalífero sólo es rentable con precios internacionales muy elevados, las mineras no dejan de anunciar inversiones en el país: los proyectos pasaron de 18 en 2002 a 614 en el 2011, según detalló la Secretaría de Minería.
Lo que ninguno de los trabajos señaló es que, al interior del sector minero, las beneficiadas son 39 compañías multinacionales que empleaban en forma directa 29.300 trabajadores -según la Encuesta Nacional de Grandes Empresas que elabora el INDEC- y que tuvieron un valor de producción de por lo menos $596 millones durante 2010.
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MEJORA LA PERCEPCIÓN
DE LAS MINERAS SOBRE LA ARGENTINA
– La Argentina se ubicó en el puesto número 68 de los 79 países analizados en el rubro «Políticas de impuestos y su atractivo para la Inversión» que se incluyó en el Informe Fraser del 2010, donde que analizan los datos obtenidos en una encuesta a empresas mineras de todo el mundo. Esto sería el puesto 86 en una escala de 100. Allí se evalúan los factores que afectan al sector como la dotación geológica y las políticas públicas -tributación y el marco regulatorio—, que son tomados en cuenta para la inversión en exploración.
En el paper preparado por el Organismo Latinoamericano de Minería se detalló el informe Fraser, donde se consideró que la Argentina se ubicó en el puesto 60 en el rubro «Potencial en políticas» y 55 en «Potencial geológico mineral». Para el año pasado, el promedio de las ubicaciones de la Argentina ubican al país en el puesto 63. Seria el puesto 75 en una escala de 100.
(Comercio Exterior)
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