Cedió Uruguay y brindará datos de contribuyentes argentinos
Argentina – 25/04/2012 – La Nación – Pág. 1/Economía & Negocios – Tiempo de Lectura: 3′ 44»
Será ante pedidos específicos de la AFIP; el acuerdo entre ambos países debe ser ratificado por ley
Será ante pedidos específicos de la AFIP; el acuerdo entre ambos países debe ser ratificado por ley
Por Nelson Fernández | Corresponsal en Uruguay
MONTEVIDEO.- Presionado por las grandes potencias económicas, Uruguay bajó la resistencia mantenida durante años para aceptar finalmente el pedido de la Argentina de llegar a un acuerdo de intercambio de información tributaria y accedió a firmar un tratado bilateral que entrará en vigor cuando sea ratificado por ley en cada uno de los países.
El gobierno uruguayo anunció ayer que anteayer se había firmado el acuerdo entre el ministro de Economía y Finanzas, Fernando Lorenzo, y el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, en una reunión reservada en la estancia presidencial del Parque de Anchorena, en la ciudad de Colonia.
Las autoridades uruguayas prometen que los inversores argentinos no quedarán expuestos a «una caza de contribuyentes» y que si bien habrá un compromiso de entregar información patrimonial de los argentinos con negocios en este país, eso dependerá de trámites con fundamentación por sospechas de evasión en su país y cumpliendo formalidades que no son sencillas, según dijeron a LA NACION fuentes del gobierno de Mujica.
Lorenzo indicó que este acuerdo «es una herramienta fundamental para ser parte de la cooperación internacional en materia tributaria» y dijo que «el país ha decidido ser parte activa y cooperante en esta materia», por lo que «la suscripción de este acuerdo es una de las herramientas que era necesario tener».
Destacó que el tratado entrará en vigor «cuando sea sancionado por los parlamentos [de cada país]» y «en ningún caso será retroactivo». Esto refiere a la información que se pueda pedir de uno u otro país, que es la originada a partir de la vigencia del tratado. Eso no significa que los activos comprados tiempo atrás queden fuera del intercambio de información porque, por ejemplo, al informar sobre una liquidación de impuesto al patrimonio, se incluirán ahí todos los bienes del contribuyente. Lo que sí no se podrá informar es sobre declaraciones juradas previas a este tratado. El ministro de Economía oriental destacó que el acuerdo «incluye explícitamente normativa referida a métodos específicos para evitar la doble tributación y eso es una garantía muy importante para quienes realizan negocios en Uruguay».
Garantías
El experto en derecho tributario Alberto Varela dijo a LA NACION que el texto del acuerdo incluye garantías importantes para los contribuyentes argentinos, por las cláusulas que se conocen como «de subsidiariedad». Eso, según el abogado del estudio Ferrere, implica que la autoridad impositiva argentina deba demostrar que agotó los mecanismos para obtener en su territorio una información que pida a Uruguay y que deba fundamentar que lo hace por una sospecha concreta.
El tratado aclara que «no incluye medidas dirigidas únicamente a la simple recolección de evidencias con carácter meramente especulativo», lo que se conocer como fishing expeditions.
Uruguay firmó este tratado con la Argentina luego que la presión del gobierno kirchnerista ante la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) diera resultado. Primero se había puesto a Uruguay en una lista negra en materia de transparencia de información fiscal, luego se lo había dejado en una gris y finalmente, pese a quedar en renglón «blanco», tenía «deberes» impuestos bastante exigentes. El Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información Tributaria de la OCDE observó a Uruguay por su legislación de sociedades anónimas que no identifica a los accionistas, y porque los acuerdos que había hecho para intercambiar datos impositivos era con países lejanos y no con los «relevantes», o sea, Brasil y la Argentina.
En estos meses, el gobierno de José Mujica está cumpliendo con esos «deberes». El Parlamento analiza un proyecto de ley que permite identificar accionistas, pero con ciertas reservas, para no desnaturalizar el instrumento de las sociedades anónimas.
Al firmar el tratado con la Argentina, la flexibilidad del secreto bancario dispuesta en 2010 alcanza a los depositantes argentinos, aunque ese detalle depende de la autorización de la Justicia.
Operadores que trabajan con inversores argentinos con bienes en Uruguay, dijeron a LA NACION que hay muchos que tienen los bienes a través de sociedades anónimas extranjeras, de países centroamericanos, y que eso no los hace «identificables», por lo que no quedarán expuestos a la investigación de la AFIP.
Cámaras empresariales y operadores inmobiliarios habían advertido que un acuerdo tributario con la Argentina implicaría riesgos de salida de capitales de ese país y que eso perjudicaría al mercado local. Empero, al conocerse el texto, operadores jurídicos locales dijeron que «aunque sería mejor que no hubiera acuerdo», igualmente el tratado no implica «desnudar las cuentas de los argentinos» en Uruguay, y hay mecanismos de garantías para asegurar que no haya lluvia de investigaciones, sino filtro para casos concretos de evasión.
MONTEVIDEO.- Presionado por las grandes potencias económicas, Uruguay bajó la resistencia mantenida durante años para aceptar finalmente el pedido de la Argentina de llegar a un acuerdo de intercambio de información tributaria y accedió a firmar un tratado bilateral que entrará en vigor cuando sea ratificado por ley en cada uno de los países.
El gobierno uruguayo anunció ayer que anteayer se había firmado el acuerdo entre el ministro de Economía y Finanzas, Fernando Lorenzo, y el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, en una reunión reservada en la estancia presidencial del Parque de Anchorena, en la ciudad de Colonia.
Las autoridades uruguayas prometen que los inversores argentinos no quedarán expuestos a «una caza de contribuyentes» y que si bien habrá un compromiso de entregar información patrimonial de los argentinos con negocios en este país, eso dependerá de trámites con fundamentación por sospechas de evasión en su país y cumpliendo formalidades que no son sencillas, según dijeron a LA NACION fuentes del gobierno de Mujica.
Lorenzo indicó que este acuerdo «es una herramienta fundamental para ser parte de la cooperación internacional en materia tributaria» y dijo que «el país ha decidido ser parte activa y cooperante en esta materia», por lo que «la suscripción de este acuerdo es una de las herramientas que era necesario tener».
Destacó que el tratado entrará en vigor «cuando sea sancionado por los parlamentos [de cada país]» y «en ningún caso será retroactivo». Esto refiere a la información que se pueda pedir de uno u otro país, que es la originada a partir de la vigencia del tratado. Eso no significa que los activos comprados tiempo atrás queden fuera del intercambio de información porque, por ejemplo, al informar sobre una liquidación de impuesto al patrimonio, se incluirán ahí todos los bienes del contribuyente. Lo que sí no se podrá informar es sobre declaraciones juradas previas a este tratado. El ministro de Economía oriental destacó que el acuerdo «incluye explícitamente normativa referida a métodos específicos para evitar la doble tributación y eso es una garantía muy importante para quienes realizan negocios en Uruguay».
Garantías
El experto en derecho tributario Alberto Varela dijo a LA NACION que el texto del acuerdo incluye garantías importantes para los contribuyentes argentinos, por las cláusulas que se conocen como «de subsidiariedad». Eso, según el abogado del estudio Ferrere, implica que la autoridad impositiva argentina deba demostrar que agotó los mecanismos para obtener en su territorio una información que pida a Uruguay y que deba fundamentar que lo hace por una sospecha concreta.
El tratado aclara que «no incluye medidas dirigidas únicamente a la simple recolección de evidencias con carácter meramente especulativo», lo que se conocer como fishing expeditions.
Uruguay firmó este tratado con la Argentina luego que la presión del gobierno kirchnerista ante la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) diera resultado. Primero se había puesto a Uruguay en una lista negra en materia de transparencia de información fiscal, luego se lo había dejado en una gris y finalmente, pese a quedar en renglón «blanco», tenía «deberes» impuestos bastante exigentes. El Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información Tributaria de la OCDE observó a Uruguay por su legislación de sociedades anónimas que no identifica a los accionistas, y porque los acuerdos que había hecho para intercambiar datos impositivos era con países lejanos y no con los «relevantes», o sea, Brasil y la Argentina.
En estos meses, el gobierno de José Mujica está cumpliendo con esos «deberes». El Parlamento analiza un proyecto de ley que permite identificar accionistas, pero con ciertas reservas, para no desnaturalizar el instrumento de las sociedades anónimas.
Al firmar el tratado con la Argentina, la flexibilidad del secreto bancario dispuesta en 2010 alcanza a los depositantes argentinos, aunque ese detalle depende de la autorización de la Justicia.
Operadores que trabajan con inversores argentinos con bienes en Uruguay, dijeron a LA NACION que hay muchos que tienen los bienes a través de sociedades anónimas extranjeras, de países centroamericanos, y que eso no los hace «identificables», por lo que no quedarán expuestos a la investigación de la AFIP.
Cámaras empresariales y operadores inmobiliarios habían advertido que un acuerdo tributario con la Argentina implicaría riesgos de salida de capitales de ese país y que eso perjudicaría al mercado local. Empero, al conocerse el texto, operadores jurídicos locales dijeron que «aunque sería mejor que no hubiera acuerdo», igualmente el tratado no implica «desnudar las cuentas de los argentinos» en Uruguay, y hay mecanismos de garantías para asegurar que no haya lluvia de investigaciones, sino filtro para casos concretos de evasión.
(DGI – Panorama Económico)
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