Los viajeros que quieran divisas a precio oficial deberán (…)
Los viajeros que quieran divisas a precio oficial deberán pedirías a la AFIP vía Web:
Pedirán datos personales y de destinos turísticos: Los viajeros que quieran comprar divisas en el mercado oficial deberán hacerlo a través de web de la AFIP. El fisco analizará los gastos e ingresos que tengan declarados.
Los argentinos que quieran comprar divisas en el mercado oficial para viajar al exterior deberán completar desde hoy un formulario ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que habilitará o no su venta en función de los ingresos y los gastos que declaren como contribuyentes. El ente recaudador oficializó ayer en el Boletín Oficial la medida, que había sido anunciada el jueves, y aclaró que los viajeros serán los encargados de entregar personalmente a la página web del organismo recaudador una serie de datos, que incluyen fecha de viaje, motivos, y el país de destino. Quienes tengan de antemano los dólares, euros u otras monedas, según las fuentes consultadas por BAE en el ente, no se verán afectados por la decisión.
Los detalles se conocieron mediante la resolución 3.333/12 de la AFIP, que sumó formalmente un escollo más a la serie de restricciones que empezaron a enfrentar los ahorristas para hacerse de dólares desde fines del año pasado.
Según la norma, la «herramienta» denominada «Viajes al exterior» dentro de la Web oficial exigirá información adicional a contribuyentes, en la cual figuran los datos personales de los turistas (nombre y apellido, fecha de nacimiento, actividad laboral, documento de identidad, CUIT o CUIL), país de destino, las posibles escalas, motivo del viaje, fechas de salida y regreso, medios de transporte y la cantidad solicitada en pesos para la adquisición de divisas.
La matriz. Aunque la medida se inscribe en la creciente escasez de dólares por el achicamiento del superávit de cuenta corriente y los pagos de deuda que empezó a afrontar el Banco Central con sus reservas desde la reforma de su carta orgánica, su objetivo no declarado es otro: cortar con el circuito que les permitía hasta ahora a las agencias de turismo y a algunos cambistas hacerse de dólares baratos mediante dos vías. Por un lado, por los clientes que les pagan en moneda dura. Por otro, por los dólares que le pedían al Banco Central para cancelar sus deudas con los hoteles y mayoristas turísticos extranjeros.
En muchos casos, según el equipo de Ricardo Echegaray, esos billetes terminaban alimentando el mercado paralelo o blue y generando ingentes ganancias a los operadores por la brecha con el oficial, que aumentó hasta 30% a raíz precisamente del torniquete a la demanda.
«Esta información nos permitirá conocer en detalle la matriz del negocio de los operadores turísticos y, de esta manera, fiscalizar adecuadamente la renta declarada por los principales contribuyentes del sector, máxime considerando que éstos pueden acceder al mercado de cambios sin limitación alguna y luego exigen a los turistas la cancelación en moneda extranjera del paquete», señaló Echegaray. Los nuevos requisitos, sin embargo, generaron más incertidumbre y hasta hicieron circular la idea de que la AFIP debía «autorizar» los viajes, algo para lo que no tiene potestad alguna.
Ordenar. Hasta ahora, desde que se agudizaron los controles sobre las compras minoristas, muchos turistas protestaron porque debieron acudir al mercado paralelo para hacerse de dólares, euros o reales.
Según los técnicos del organismo recaudador, el nuevo sistema servirá para «ordenar» esa demanda insatisfecha. De todos modos, aún falta saber con qué criterio se asignarán las divisas, algo que tampoco se conoce para las compras tradicionales.
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Reciben DD.JJ. de Monotributo
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció que hasta el 31 de mayo se recibirán las declaraciones juradas informativas del primer cuatrimestre del año de contribuyentes inscritos en las categorías más altas del régimen simplificado o aquellos monotributistas que sean empleadores.
Los contribuyentes de las categorías F, G, H, I, J, K o L y los monotributistas empleadores están obligados a informar las operaciones realizadas en los primeros cuatro meses del año, informó la AFIP.
Además, deberán remitir los datos de los principales clientes y proveedores, los datos referidos al consumo de energía eléctrica y del local o establecimiento en el que se desarrolla la actividad.
«Es importante aclarar que el pequeño contribuyente que quede afuera de estas condiciones deberá seguir presentando igualmente la declaración jurada informativa cuatrimestral por otros seis cuatrimestres más», explicó la AFIP.
La declaración jurada informativa es rápida y fácil de realizar, no requiere concurrir a ninguna oficina y se realiza a través de la página Web de la AFIP, www.afip.gob.ar, con clave fiscal ingresando al servicio Sistema Registral, seleccionando la opción Declaración de Monotributo Informativa dentro del Registro Tributario, indicó el organismo.
Se anunció además que la AFIP, a partir del cruce de datos obtenidos de los regímenes de información vigentes y de las tareas de fiscalización de la Dirección General de Recursos de la Seguridad Social, «excluirá a los que se categoricen incorrectamente».
Además, «si estando obligado no efectuó la presentación de la declaración informativa se le aplicarán las sanciones previstas en la ley 11.683 y se imposibilitará la obtención de constancias de situación impositiva y/o previsional», advirtió el organismo.
(DGI – Actividad Económica – Panorama Económico)
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